1. Corte Constitucional, sentencia 63/2026: la reforma sigue vigente
La Corte rechazó las cuestiones planteadas contra la reforma de 2025 (Decreto-ley 36/2025, Ley 74/2025). Para la Corte, la ley no afecta a quienes ya tenían la ciudadanía reconocida formalmente, sino situaciones todavía no consolidadas. En la práctica: las restricciones siguen aplicándose.
2. Ordenanza 147/2026: la pregunta al Tribunal de Justicia de la UE
Meses después, la propia Corte Constitucional envió preguntas al Tribunal de Justicia de la UE: si la pérdida automática y generalizada de la ciudadanía europea que produce la reforma es compatible con el derecho de la Unión. Hasta que responda, el tema sigue abierto.
3. Casación, Secciones Unidas 24045/2026: el minor issue resuelto
Por años se rechazaron casos porque el antepasado italiano se naturalizó en otro país cuando su hijo era menor. La Casación decidió que el menor nacido en un país con ius soli (Argentina, Brasil, EE. UU., etc.) era doble ciudadano desde el nacimiento y no perdía la ciudadanía italiana por la naturalización del padre. Es decisivo para expedientes presentados antes del 27/03/2025.
Qué significa para vos
- Si presentaste antes del 27/03/2025: tu caso se rige por las reglas anteriores y el fallo del minor issue te puede favorecer.
- Si no presentaste: necesitás un padre/madre o abuelo/a que haya tenido solo la ciudadanía italiana, o un padre que haya vivido 2 años en Italia antes de tu nacimiento.
- Si no calificás: la residencia en Italia (2 años para hijos y nietos de italianos por nacimiento) puede ser el camino.
Publicado: 23 octubre 2026. Esta guía es informativa y general; no reemplaza el asesoramiento de un abogado sobre tu caso concreto. Las normas migratorias italianas cambian con frecuencia.